El Sistema Especial de Empleados del Hogar se integra en el Régimen General de la Seguridad Social y es el empleador el responsable de dar de Alta en la Seguridad Social al Empleado desde el primer día y pagar las cotizaciones correspondientes.
Cuando el empleado de hogar trabaja menos de 60 horas al mes en tu domicilio, podéis acordar quién realiza el trámite de alta en la Seguridad Social, e informa de las variaciones de alta y baja.
La relación laboral se debe formalizar por escrito mediante un Contrato. No hacerlo puede acarrear sanciones al empleador, excepto en casos de servicios puntuales con duración inferior a cuatro semanas seguidas.
En House&Seniors te informamos sobre los modelos de contratación que propone el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, que pueden ser para contratos a tiempo completo o parcial, y para contratos con duración determinada o de duración indefinida.
Cuando se extingue la relación laboral se cuenta con 3 días naturales para tramitar la baja en la Seguridad Social.
El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ofrece una plantilla de Nómina que mensualmente debes entregar al empleado y en la que consta el abono y percepción del salario y los conceptos pactados en contrato. También puedes entregar un recibo justificativo del pago.
Información básica, Contratos y Modelos:
Información Básica 2019 del Servicio del Hogar Familiar facilitada por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Inscripción como Empleador: Impreso para solicitar el CCC, necesario si es la primera vez que contratas un empleado de hogar.
Modelo TA-6-0139 Hogar
Código Cuenta de Cotización: Impreso para solicitar alta, baja y variación de datos de CCC. Modelo TA-7
Inscripción como Empleada: impreso para dar de Alta al empleado de Servicio Doméstico en la Seguridad Social. Modelo TA-2-138
Liquidación y Finiquito: incluye el abono y percepción de las cantidades correspondientes a la finalización o rescisión del contrato
Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del Servicio del Hogar Familiar: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1985-17108
Documentación facilitada por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social: http://www.empleo.gob.es/es/portada/serviciohogar/modelos/