El Ministerio de trabajo ha confirmado que las empleadas de hogar sumarán las cotizaciones previas al 2022 a su cálculo de prestación por desempleo o al subsidio para mayores de 52 años. De esta manera, los períodos cotizados en el sistema especial de empleadas del hogar en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo previos al 1 de octubre de 2022 también se considera que computan para el cálculo del paro o subsidio para mayores de 52 años. Este cambio de criterio por parte del SEPE modifica la regulación previa que exclusivamente computaba las cotizaciones al desempleo explícitas en el sistema del Servicio del Hogar Familiar, y no los periodos de alta sin cotización por desempleo.
2022 es el año en el que las empleadas de hogar iniciaron su cotización por desempleo, después de que el Gobierno español ratificase el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo
El Servicio Público de Empleo ha emitido su criterio al respecto con fecha 11 de noviembre de 2025, pero hay que tener en cuenta que la jurisprudencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya venía justificando esta medida con anterioridad para evitar discriminación contra este sistema especial dentro del Régimen General de la Seguridad Social.
Tras un informe solicitado al respecto a la Abogacía General del Estado y ante los pronunciamientos judiciales existentes, el SEPE establece como criterio administrativo reconocer el derecho a las prestaciones por desempleo de las empleadas de hogar atendiendo a la fecha de inscripción en el Régimen Especial de Servicio del Hogar Familiar.
¿Qué cambios trae el nuevo criterio del SEPE sobre la prestación por desempleo de las empleadas de hogar?
El cambio fundamental es que El SEPE reconoce como válidos para computar en la prestación por desempleo los periodos cotizados por la empleada de hogar con anterioridad al 1 de octubre de 2022, aun cuando no se le permitía cotizar por desempleo. Por tanto, las empleadas de hogar podrán contabilizar sus cotizaciones anteriores al 1 de octubre de 2022 para mejorar su prestación por desempleo. Se tendrán también en cuenta los periodos cotizados en los seis años previos a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, en los que la trabajadora haya permanecido de alta en dicho sistema sin cotización al desempleo. En lo referente al subsidio para mayores de 52 años se computarán los periodos efectivamente cotizados por dicha contingencia durante su vida laboral y las cotizaciones de los seis años anteriores a la fecha de la solicitud del subsidio durante los cuales la empleada de hogar haya estado de alta en el Régimen del Hogar Familiar sin derecho a cotizar por desempleo.
¿Desde cuándo se aplicará este criterio del SEPE sobre las cotizaciones de las empleadas de hogar que computan en la prestación por desempleo o en el subsidio para mayores de 52 años?
El criterio se aplica de forma inmediata. El SEPE aplicará el nuevo criterio a la resolución de las solicitudes de prestaciones o subsidios por desempleo y a las reclamaciones previas que puedan derivarse de las mismas o que estén pendientes de resolución en vía administrativa.
Además, se van a revisar de oficio las resoluciones definitivas en vía administrativa que hayan sido impugnadas por las interesadas ante la jurisdicción social.
Condiciones por las que las empleadas de hogar sumarán las cotizaciones previas al 2022 a su cálculo de prestación por desempleo
Como hemos recogido, las empleadas de hogar cotizan por desempleo desde octubre de 2022. Con anterioridad a esta fecha no estaba permitido que cotizaran por desempleo, y esto provocaba que en muchos casos no alcanzaban a cumplir los requisitos necesarios para conseguir la prestación por desempleo a pesar de haber estado dadas de alta en la Seguridad Social.
Para que una empleada de hogar pueda cobrar el paro es obligatorio haber cotizado por desempleo durante al menos 360 días. Y para tener derecho a un periodo de tiempo de cobro superior se computan las cotizaciones de hasta seis años previos. En lo referente al subsidio por desempleo para mayores de 52 años es obligatorio haber cotizado en España por desempleo durante, al menos, seis años a lo largo de la vida laboral.
Viendo estas condiciones, y teniendo en cuenta que las empleadas de hogar no tenían permitido cotizar por desempleo con anterioridad a octubre de 2022 resultaba difícil que una empleada de hogar que no hubiera cotizado previamente en otro régimen pudiera acceder a una prestación por desempleo y, mucho menos, incrementar la pensión por cotizaciones de los seis años previos.
¿A quién beneficia el cambio de criterio que implica que las empleadas de hogar sumarán las cotizaciones previas a 2022 a su cálculo de prestación por desempleo y subsidio para mayores de 52 años?
Identificamos tres grupos de empleadas de hogar que se pueden beneficiar de este cambio de criterio del SEPE:
- Las empleadas del hogar dadas de alta en servicio doméstico con anterioridad al 1 de octubre de 2022.
- Las empleadas de hogar que soliciten la prestación contributiva.
- Las empleadas de hogar que soliciten el subsidio para mayores de 52 años.
Beneficios para las empleadas de hogar del cambio de criterio para acceder a la prestación por desempleo y subsidio para mayores de 52 años
Las ventajas que aporta a las empleadas de hogar el cambio de criterio del SEPE son fundamentalmente:
- Acceso más fácil a la prestación por desempleo: los periodos cotizados en el Régimen del Hogar Familiar con anterioridad al 1 de octubre de 2022 cuentan para alcanzar el mínimo de 360 días necesarios para cobrar el paro.
- Acceso al subsidio de mayores de 52 años: las empleadas de hogar tienen más fácil sumar los 15 años de cotización necesarios para acceder a este subsidio si se les permite computar también los seis años previos a 2022.
- Revisión de solicitudes denegadas: la revisión de oficio por el SEPE es susceptible de beneficiar a empleadas de hogar que reclamaron con anterioridad al cambio de criterio.
En conclusión, las empleadas de hogar sumarán las cotizaciones previas a octubre de 2022 a su cálculo de prestación por desempleo o subsidio para mayores de 52 años, lo que representa un reconocimiento de años cotizados que hasta ahora no computaban.
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