Con fecha 26 de febrero se han publicado las Bases de Cotización 2025 de las Empleadas de Hogar.
La Orden PJC/178/2025 de 25 de febrero que desarrolla las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2025 incluye las Bases de cotización 2025 de las empleadas de hogar.
La mencionada orden recoge en su artículo 15 las Bases y tipos de cotización en el Sistema Especial para Empleados de Hogar.
¿Cuáles son las Bases de Cotización 2025 de las Empleadas de Hogar?
El citado artículo 15 recoge que “en tanto se aprueba la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2025 y tras la aprobación del Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025, desde el 1 de enero de 2025, las bases de cotización por contingencias comunes a este sistema especial serán las determinadas en la escala siguiente, en función de la retribución percibida por los empleados de hogar por cada relación laboral”:
| Tramo |
Retribución mensual Euros / mes |
Base de cotización Euros / mes |
|||
|
1º. |
Hasta |
319,00 |
296,00 |
||
|
2º. |
Desde |
319,01 |
Hasta |
495,00 |
423,00 |
|
3º. |
Desde |
495,01 |
Hasta |
672,00 |
584,00 |
|
4º. |
Desde |
672,01 |
Hasta |
850,00 |
761,00 |
|
5º. |
Desde |
850,01 |
Hasta |
1.029,00 |
941,00 |
|
6º. |
Desde |
1.029,01 |
Hasta |
1.204,00 |
1.116,00 |
|
7º. |
Desde |
1.204,01 |
Hasta |
1.381,20 |
1.381,20 |
| 8º. | Desde | 1.381,21 |
Retribución mensual. |
||
¿Desde cuándo son efectivas las bases de cotización 2025 Empleadas de Hogar?
Como indicamos anteriormente, el artículo 15 recoge que “desde el 1 de enero de 2025”.
¿Qué tiene que hacer el empleador en relación a las nuevas bases de cotización 2025 Empleadas de Hogar?
Damos por hecho que el empleador ya ha comunicado previamente a la TGSS a través de import@ss la subida de salario en los casos en los que el salario percibido por la empleada en enero de 2025 estaba por debajo del SMI 2025 publicado en febrero 2025 (o de la parte correspondiente, en caso de jornada parcial o por horas). Si todavía no lo has hecho, te indicamos toda la información en la nota de prensa de nuestro blog subida del salario mínimo empleadas de hogar 2025. Hecha esta comunicación de variación de datos de salario a la TGSS será esta entidad la que recalculará los nuevos importes de cotización y regularizará la diferencia correspondiente al mes de enero y febrero en futuros recibos que emitirá al empleador. Y el recibo correspondiente a marzo (que se pasa por banco a finales de abril) ya será por la cuota actualizada correspondiente a las nuevas bases de cotización.
¿Qué suponen económicamente estas nuevas bases de cotización 2025 Empleadas de Hogar?
Representan una subida de los importes que se aportan a la TGSS en concepto de cotización, tanto por parte de los empleadores como de las empleadas de hogar. Aunque para las empleadas de hogar también suponen a futuro un incremento de las bases de cotización a tener en cuenta para el cálculo de sus pensiones de jubilación y, por tanto, una pensión superior. Sin embargo, para los empleadores, es un incremento de coste que se suma a la reciente subida del SMI 2025.
Como ejemplo detallamos a continuación la diferencia de Bases de cotización en algunas jornadas:
- En el primer tramo de cotización la base pasa de 284 € en 2024 a 296 € en 2025.
- En una jornada de 20 h a la semana en 2024 la base de cotización correspondiente a esta jornada (según la parte proporcional al SMI) la base correspondía a 729 € y en 2025 la base de cotización pasa a 761 €.
- Para una jornada de 30 h a la semana en 2024 la base de cotización era de 1.069 € (para un salario conforme a la parte proporcional del SMI) y en 2025 la base de cotización pasa a 1.116 €.
- Una jornada de 38 h a la semana tenía en 2024 una base de cotización (según la parte proporcional al SMI) de 1.323 € y en 2025 la base de cotización pasa a 1.381,20 €.
Bonificaciones en 2025 a las cuotas de cotización a la Seguridad Social por las empleadas de Hogar
La Orden PJC/178/2025 de 25 de febrero recoge también desde el 1 de enero de 2025 la aplicación de la reducción del 20 por ciento en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en este sistema especial. Esta bonificación se lleva renovando año a año desde 2012.
Asimismo, renueva la bonificación del 80 por ciento en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) en este sistema especial.
“La bonificación del 45 por ciento por la contratación de cuidadores en familias numerosas, a que se refiere el artículo 122.cuatro.6 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, queda referida a las contrataciones realizadas o que se realicen antes de la fecha en que entre en vigor el desarrollo reglamentario a que alude el apartado cuatro.5 de dicho artículo. Esta bonificación será incompatible con la reducción en la cotización por contingencias comunes establecida en el apartado 5, primer párrafo, de este artículo”.
También se incluye en esta orden que “las bonificaciones por la contratación de empleados del hogar en familias numerosas que se estuvieran aplicando, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, antes de la fecha en que entre en vigor el desarrollo reglamentario a que alude el artículo 122.cuatro.5 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, mantendrán su vigencia hasta la fecha de efectos de la baja de los cuidadores que den derecho a las mismas en el Régimen General de la Seguridad Social”.
