Según la normativa vigente en Real Decreto 1620/2011 las empleadas de hogar tienen derecho al disfrute retribuido de 14 días festivos al año, sin que esto afecte a su remuneración. Los festivos de las empleadas de hogar en 2024 vienen recogidos en el calendario laboral 2024 publicado en el BOE.
A medida que avanza el primer trimestre del año es buen momento para planificar los festivos y vacaciones de las empleadas de hogar.
Derechos de las empleadas de hogar en festivos
Las empleadas de hogar que trabajan a jornada completa o jornada parcial para un mismo empleador tienen derecho a disfrutar de 14 días festivos remunerados en 2024 sin deducción en su salario. Así pues, cuando una empleada de hogar acuerda con su empleador trabajar en día festivo deberá recibir una remuneración adicional acorde a las horas o jornada trabajada.
Sin embargo, las empleadas de hogar externas que trabajan por horas (aquellas que trabajan menos de 120 días al año para el mismo empleador) aunque tienen derecho a disfrutar de los días festivos, ya tienen incluida en la retribución que cobran por cada hora de trabajo efectivo la parte proporcional de domingos y festivos, pagas extraordinarias y vacaciones. En 2024 el salario bruto por horas no podrá ser inferior a 8,87 € la hora.
Cuando se trata de cuidadoras internas, bien en familias con niños, bien cuidadoras de personas mayores, resulta más complejo planificar los días festivos que van a disfrutar. Especialmente cuando se refiere a una cuidadora o cuidador de persona mayor es necesario prever con antelación cómo se van a cubrir estos días festivos y contar, si lo necesitase, con otra cuidadora que tenga disponibilidad para trabajar en días festivos.
Es importante respetar por ambas partes, en la manera de lo posible, los acuerdos previos sobre días de descanso o trabajo en días festivos y que se puedan disfrutar los festivos de las empleadas de hogar en 2024.
¿Cuándo empieza y termina un festivo de una empleada de hogar?
El disfrute de un día festivo incluye 24 h. Partiendo de este dato, se acuerda entre empleador y persona trabajadora la hora de salida y de entrada. Se puede optar por salir la noche previa al día festivo y reincorporarse al trabajo la noche del festivo o por salir la mañana del día festivo y volver la mañana del día siguiente.
¿Puede compensarse un día de descanso semanal con otra fecha si coincide con un festivo?
No, según sentencia 141/2023 del Tribunal Superior de Justicia los días festivos que caen entre semana y que coinciden con el día de descanso laboral de las personas trabajadoras no podrán compensarse para su disfrute en otra fecha.
El Estatuto de los Trabajadores sí contempla la opción de trasladar los festivos a otra fecha cuando los festivos caen en domingo, según su artículo 37.2: “El Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas de ámbito nacional que tengan lugar entre semana, siendo, en todo caso, objeto de traslado al lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan con domingo”.
¿Hay derecho a un día extra si el día libre coincide con un festivo?
No, puesto que al no trabajar ese día ya están disfrutando del día festivo. No obstante, las personas trabajadoras podrán acordar con su empleador el cambio de su día de descanso para que no coincida con un día festivo, si ambas partes están de acuerdo.
¿Cómo se pagan los días festivos de las empleadas de hogar?
El pago de los días festivos de las empleadas de hogar en 2024 se rige por la normativa establecida que recoge que los días festivos se pagan como mínimo al mismo precio que un día ordinario de trabajo. No obstante, aquí prima la ley de oferta y demanda, y cuando se acuerda con una empleada cuya jornada habitual no incluye el trabajo en días festivos que trabaje un festivo es habitual pagarle por encima del salario de un día ordinario para incentivar su flexibilidad y disponibilidad.
Es importante que tanto la empleada del hogar como la familia acuerden claramente los términos de compensación por trabajar en festivos para evitar malentendidos y garantizar una relación laboral justa y equitativa.
¿Cuántos días festivos tiene las empleadas de hogar en 2024?
Las personas que trabajan en servicio doméstico tienen derecho a disfrutar de un total de 14 días festivos al año, de los cuales, 9 son de carácter nacional, 3 son autonómicos y 2 locales.
¿Cuáles son los festivos de las empleadas de hogar en 2024?
En 2024 los 9 días festivos de carácter nacional no sustituibles por las autonomías y que comparten todas son:
1 de enero. Año Nuevo, lunes.
6 de enero. Epifanía del Señor, sábado.
29 de marzo. Viernes Santo, viernes.
1 de mayo. Día del Trabajo, miércoles.
15 de agosto. Asunción de la Virgen, jueves.
12 de octubre. Fiesta Nacional de España, sábado.
1 de noviembre. Todos los Santos, viernes.
6 de diciembre. Día de la Constitución Española, viernes.
25 de diciembre. Natividad del Señor, miércoles.
En cada autonomía se disfrutará de cuatro fines de semana extendidos, y dos festividades coincidirán en sábado, el Día de Reyes y el 12 de Octubre.
Festivos de las empleadas de hogar por Autonomías:
Andalucía
- 28 de febrero. Día de Andalucía, miércoles.
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 9 de diciembre. Inmaculada Concepción, por coincidir en domingo se traslada al lunes.
Aragón:
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 23 de abril. Día de Aragón, domingo y se traslada al lunes, día 24.
- 9 de diciembre. Inmaculada Concepción, por coincidir en domingo se traslada al lunes.
Asturias:
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 9 de septiembre. Día de Asturias, lunes
- 9 de diciembre. Inmaculada Concepción, por coincidir en domingo se traslada al lunes.
Baleares:
- 1 de marzo. Día de Baleares, viernes.
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 1 de abril. Lunes de Pascua.
Canarias:
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 6 de abril. Jueves Santo.
- 30 de mayo. Día de Canarias, jueves.
- Canarias fija una fiesta, dentro de las doce nacionales y autonómicas, en cada una de sus islas:
- Tenerife, 2 de febrero, Virgen de la Candelaria.
- La Palma, 5 de agosto, Nuestra Señora de las Nieves.
- Gran Canaria, 9 de septiembre, Nuestra Señora del Pino.
- Lanzarote y La Graciosa, 16 de septiembre, Nuestra Señora de los Volcanes.
- Fuerteventura, 20 de septiembre, Nuestra Señora de La Peña.
- El Hierro, 24 de septiembre, Nuestra Señora de los Reyes.
- La Gomera, 7 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe.
Cantabria:
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 1 de abril. Lunes de Pascua.
- 25 de julio. Día de Santiago, jueves.
Castilla-La Mancha:
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 30 de mayo. Celebración de la Fiesta del Corpus Christi, en sustitución de la fiesta correspondiente al día 19 de marzo, San José, jueves.
- 31 de mayo. Día de Castilla-La Mancha, en sustitución del descanso laboral correspondiente al día 8 de diciembre, Inmaculada Concepción, viernes.
Castilla y León:
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 23 de abril. Día de Castilla y León, martes.
- 9 de diciembre. Inmaculada Concepción, por coincidir en domingo se traslada al lunes.
Cataluña:
- 1 de abril. Lunes de Pascua, lunes.
- 24 de junio. San Juan, lunes.
- 11 de septiembre. Fiesta Nacional de Cataluña, miércoles.
- 26 de diciembre. San Esteban, jueves.
La Generalitat ha establecido 13 festivos en vez de los 12 festivos que deben tener las comunidades. Por eso ha indicado que de esos 13 días festivos uno de ellos tendrá el carácter de recuperable, y será a escoger entre el 6 de enero, el 1 de abril, el 24 de junio y el 26 de diciembre. Los otros 12 festivos serán de carácter retribuido y no recuperable.
Ceuta*:
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 17 de junio. Pascua del Sacrificio Eidul Adha, lunes.
* Incluye las dos fiestas de carácter local; 13 de junio. San Antonio, jueves y 5 de Agosto. Nuestra Señora de África, lunes.
Melilla*:
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 17 de junio, Fiesta del Sacrificio- Aid Al Adha, lunes.
- 9 de diciembre. Inmaculada Concepción, por coincidir en domingo se traslada al lunes.
*Las Fiesta por la que se efectúa la opción y tienen la consideración de locales son los días 7 de Septiembre, Día de Ntra. Sra. Virgen de la Victoria (Excelsa Patrona de la Ciudad) y 17 de Septiembre, Día de Melilla.
Comunidad de Madrid:
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 2 de mayo. Fiesta de la Comunidad de Madrid, jueves.
- 25 de julio. Santiago Apóstol. jueves.
Comunidad Foral de Navarra:
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 1 de abril. Lunes de Pascua.
- 25 de julio. Santiago Apóstol, jueves.
- 3 de diciembre. San Francisco Javier, martes.
Comunidad Valenciana:
- 19 de marzo. San José, viernes.
- 1 de abril. Lunes de Pascua, lunes.
- 25 de julio. Santiago Apóstol, jueves.
- 9 de octubre. Día de la Comunidad Valenciana, miércoles.
Extremadura:
- 13 de febrero. Martes de Carnaval. Reemplazando el descanso en lunes de la festividad del domingo 8 de septiembre por el Día de Extremadura.
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 9 de diciembre. Inmaculada Concepción, por coincidir en domingo se traslada al lunes.
Galicia:
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 17 de mayo. Día de las Letras Gallegas, viernes.
- 25 de julio. Día Nacional de Galicia, jueves.
La Rioja:
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 1 de abril. Lunes de Pascua.
- 10 de junio. Lunes siguiente al Día de La Rioja.
País Vasco:
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 1 de abril. Lunes de Pascua.
- 25 de julio. Santiago Apóstol, jueves.
Región de Murcia:
- 19 de marzo. San José, martes.
- 28 de marzo. Jueves Santo.
- 9 de diciembre. Inmaculada Concepción, por coincidir en domingo se traslada al lunes.
Es importante tener en cuenta que los días de descanso son fundamentales para el bienestar y rendimiento de las empleadas de hogar, y si las trabajadoras están bien y descansadas, la familia estará bien. No se trata solo de un descanso físico, sino de un descanso psicológico. Todos necesitamos cambiar de ambiente y liberarnos de las rutinas para retomar fuerzas y afrontar con ganas el trabajo.
Esperamos que esta información sobre los festivos de las empleadas de hogar en 2024 te haya sido de utilidad.
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