

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy martes el Real Decreto-Ley que recoge el derecho por el que las empleadas de hogar cobrarán paro. Así mismo, tendrán derecho a las prestaciones asistenciales, accediendo a la cobertura de FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) en caso de insolvencia del empleador y se les incorpora en la prevención de riesgos laborales, como cualquier trabajador de otros sectores.
Qué otros beneficios recoge el RD para las empleadas de hogar
El Real Decreto elimina la opción de extinción del contrato de trabajo por desistimiento del empleador, concediendo a las empleadas de hogar “la protección ordinaria en caso de despido”, según el Ministerio de Trabajo. A partir de la publicación del real decreto en el BOE se va a aplicar la normativa ordinaria frente al despido, con algunas particularidades, como puede ser que la familia carezca de requisitos económicos. Solo podrá recurrirse a la figura del desistimiento en casos en los que cambien las circunstancias personales del empleador por causas sobrevenidas como pasar a estar desempleado o incapacitado para trabajar, entre otras. En resumen, las causas del despido han de ser acreditadas.
El nuevo real decreto-ley, transfiere a los empleadores las obligaciones en materia de cotización respecto de las empleadas de hogar que trabajen menos de 60 horas al mes para el mismo empleador. De esta manera se elimina la opción de que las empleadas de hogar asuman, por acuerdo entre las partes, la realización de los trámites ante la SS (altas, bajas, modificación de datos).
También recoge otros derechos como el derecho de información o de formalidad de los contratos de trabajo por escrito.
El RD incluye así mismo una disposición adicional para desarrollar el estudio de enfermedades profesionales con sesgo de género para este colectivo.
Además, contempla medidas para desarrollar políticas de formación y acreditación para las empleadas del hogar dedicadas al cuidado de personas en el ámbito doméstico y familiar.
Por parte de la Asociación de Mujeres Empleadas de Hogar y Cuidados (SEDOAC) se ha manifestado su disconformidad con que el nuevo real decreto-ley mantenga un Sistema Especial para Empleados de Hogar dentro del Régimen General de la Seguridad Social.
Inicio de cotización por desempleo de las empleadas de hogar
La norma se publicará en breve en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y será efectiva el día siguiente a su publicación. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo ha anunciado que la obligación de cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) se iniciará el 1 de octubre. Por otra parte, ha informado sobre bonificaciones a los empleadores en estas cotizaciones.
Bonificación a las cotizaciones por desempleo y FOGASA de las empleadas de hogar
Los empleadores se van a beneficiar de una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a estas cotizaciones. Además se mantiene la bonificación actual del 20% en la cotización por contingencias comunes.
El Ministerio de Trabajo ha anunciado así mismo el incremento de la bonificación en las cotizaciones por contingencias comunes, superando el actual 20% atendiendo a factores como la composición del hogar y los niveles de renta y de patrimonio. Para aplicar esta bonificación, Trabajo va a formalizar en un plazo de seis meses en colaboración con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, un reglamento con las tipologías familiares y requisitos de renta y patrimonio.
Cuánto se va a cotizar por el desempleo de las empleadas de hogar
Todavía no se ha cerrado la cifra, pero informaciones revelan que esta nueva cotización por desempleo estará en torno al 6% de la base reguladora, siendo el 5% asumido por el empleador (bonificado con el 80%) y el 1% por la empleada de hogar.
Además, la cobertura del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) traerá una cotización del 0,20% sobre la base reguladora (bonificada al 80%) .
Qué ha de hacer el empleador para cumplir con esta nueva cotización
Todo apunta a que a partir del mes de octubre se cobrará por parte de la Seguridad Social, sin que el empleador tenga que realizar ningún trámite nuevo para cumplir con el nuevo real decreto-ley.
En qué momento las empleadas de hogar cobrarán paro
Va a ser necesario cotizar por desempleo 1 año para optar a la prestación contributiva y a los subsidios asistenciales a los que ya acceden los trabajadores del Régimen General. por tanto, las empleadas de hogar cobrarán paro tras un periodo de carencia de 1 año,.
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