

El Congreso de los Diputados ha ratificado el 9 de junio el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que recoge el derecho a cobrar paro de las empleadas de hogar. El convenio amplía los derechos de los trabajadores del servicio doméstico. Se ha aprobado con 341 votos a favor, 1 abstención y ningún voto en contra. El convenio 189 de la OIT equipara a las empleadas de hogar al resto de trabajadores con carácter general.
El convenio fue remitido a las Cortes en marzo. Garantiza la equiparación de los derechos de las empleadas de hogar a los que disfrutan el resto de los trabajadores. Hasta este momento, el derecho a cobrar paro de las empleadas de hogar no estaba reconocido, puesto que no cotizaban por la prestación por desempleo. Este punto ya había sido calificado como discriminatorio por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
11 son los años que ha invertido España en ratificar un convenio que fue firmado por la OIT en su congreso del 1 de junio de 2011
Quién se va a beneficiar de los derechos recogidos en el Convenio 189
Todos los empleados de hogar, y mayoritariamente las mujeres. Esto se debe a que el servicio doméstico en España es un sector compuesto actualmente por más de un 95% de mujeres. Según datos de mayo del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el total de personas afiliadas en el régimen especial de Servicio Doméstico es de 378.178.
Qué nuevos derechos van a disfrutar las empleadas de hogar
* Acceso a las prestaciones por desempleo
Las empleadas del hogar tendrán derecho al acceso a las prestaciones por desempleo, y especialmente destaca el derecho a cobrar paro de las empleadas de hogar. En la actualidad no cotizan por desempleo y no podían cobrar estas prestaciones. Esto implicaba una desprotección económica cuando se extinguía el contrato de trabajo.
* Cotizar por el FOGASA
Actualmente los contrato de trabajo en servicio doméstico no cotizan por el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), fondo que protege a los trabajadores frente a posibles casos de impago por parte de los empleadores. Mediante la ratificación del Convenio 189 se incluye a las empleadas de hogar en la protección del FOGASA.
* Protocolo contra el acoso
El Convenio recoge en su artículo 5 la obligación de “adoptar medidas para asegurar que los trabajadores domésticos gocen de una protección efectiva contra toda forma de abuso, acoso y violencia”.
* Priorización del Contrato escrito
El Convenio establece que las empleadas de hogar han de recibir información sobre las condiciones de empleo de forma adecuada, veraz y comprensible. A ser posible, se han de recoger las condiciones de trabajo en un contrato escrito. El Convenio indica que el contrato escrito ha de incluir los datos del empleador, el lugar de trabajo, la fecha de inicio, el tipo de trabajo a realizar, el salario (método de cálculo y periodicidad de los pagos), las horas normales de trabajo, vacaciones anuales, descansos, suministro de comidas y alojamiento (si procede), periodo de prueba, etc. En House&Seniors, agencia de empleadas de hogar Madrid, incluimos sin coste en nuestro servicio de selección la realización del contrato de trabajo y modelo de nómina.
* Condiciones de empleo equitativas con otros trabajadores
El Convenio 189 concreta en su artículo 10 que ha de producirse la igualdad con el resto de trabajadores en aspectos como: “las horas normales de trabajo”, “compensación de horas extraordinarias”, “ períodos de descanso diarios y semanales (mínimo 24 horas consecutivas) y “vacaciones anuales pagadas”.
* Garantía de cobrar como mínimo el SMI
Se regula que en caso de que se establezca un salario mínimo interprofesional en el pais las empleadas de hogar deben cobrarlo como mínimo conforme a la jornada de trabajo. Actualmente el SMI en España es de 14.000 € brutos al año para una jornada de 40 h y de 7,82 € brutos la hora para empleadas por horas.
* Salario mensual y salario en especie
El Convenio garantiza el pago de forma regular y como mínimo una vez al mes. Así mismo, recoge la opción del pago en especie de un porcentaje sobre el salario, pero siempre que la trabajadora esté de acuerdo. Actualmente en España se puede pagar en especie un importe que no supere el 30% del salario y siempre que se garantice el cobro en metálico del SMI.
Fecha de inicio de aplicación del Convenio 189 en España
El Gobierno ha de desarrollar la normativa necesaria que garantice su cumplimiento. La Ministra de trabajo, Yolanda Díaz, ha manifestado que pronto estará lista la normativa, sin concretar fechas. También ha confirmado que la normativa abordará también otras medidas en relación a la Inspección de Trabajo y el despido de las empleadas de hogar, así como su inclusión en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la regulación de las condiciones de repatriación de las empleadas de hogar migrantes a la finalización del contrato de trabajo.
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