

¿Puedo concertar una prueba con la empleada de hogar?
Sí, se puede concertar un periodo de prueba con la empleada de hogar. Durante el periodo de prueba, ambas partes mantienen sus obligaciones:
- Empleada de hogar: prestación del servicio.
- Empleador: cotización a la Seguridad Social y remuneración del trabajo.
Algunas personas creen equivocadamente que una empleada de hogar puede trabajar a prueba los primeros días sin estar dada de alta en la Seguridad Social. Y que, superada la prueba, se inicia el contrato de trabajo. Lo cierto es que el contrato de trabajo con la empleada de hogar se hace efectivo desde el primer día de trabajo, y la prueba es una de las condiciones y acuerdos que recoge el contrato.
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato durante el periodo de prueba sin necesidad de alegar causa o motivo.
Las partes pueden pactar un periodo de preaviso que no podrá ser superior a siete días.
¿Por qué pactar un periodo de prueba con la empleada de hogar?
El período de prueba en servicio doméstico se pacta para conocer cómo trabaja la empleada de hogar y si su perfil es el adecuado para trabajar en nuestra casa.
Condiciones para hacer una prueba de la empleada de hogar
El primer paso es pactar las condiciones: duración del periodo de prueba y si se establece periodo de preaviso.
Estas condiciones es recomendable que se recojan en un contrato de trabajo escrito que se firma por las partes previamente al inicio del trabajo.
Una vez firmado el contrato de trabajo que incluye la cláusula del periodo de prueba, el empleador ha de dar de alta en la Seguridad Social a la empleada de hogar. Siempre antes de que inicie el trabajo y la correspondiente prueba.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
En caso de un contrato escrito el periodo de prueba máximo será de dos meses.
Si se ha establecido un contrato verbal el periodo de prueba máximo es de quince días.
Desde House&Seniors, agencia de empleadas de hogar en Madrid, recomendamos el contrato por escrito para dejar constancia de los acuerdos entre las partes.
¿Qué ocurre si el empleador o la empleada resuelven el contrato durante el periodo de prueba?
En este caso, el empleador ha de pagar a la empleada el tiempo trabajado. Y si se ha pactado periodo de preaviso, ambas partes deben respetarlo, bien cumpliendo sus obligaciones durante el tiempo de preaviso, bien con compensación económica.
Si el empleador desiste del contrato durante el periodo de prueba, la empleada de hogar no tiene derecho a indemnización por ese motivo.
¿Qué trámites son necesarios para finalizar la relación laboral?
Cuando una de las partes quiere dar por finalizado el contrato durante el periodo de prueba, ha de comunicarlo por escrito a la otra parte, respetando el periodo de preaviso si se hubiera pactado.
El empleador entregará el finiquito a la empleada de hogar y le pagará el importe correspondiente al tiempo de trabajo. El empleador gestionará la baja de la empleada en la Seguridad Social. Puede hacerlo hasta tres días después de la finalización del contrato.
En House&Seniors, agencia de empleadas de hogar Madrid, realizamos un proceso de selección exhaustivo para encontrar la empleada de hogar que mejor se adapta a tu casa. Por eso, no es habitual que el contrato de trabajo se finalice durante el periodo de prueba. Pero si ocurriera, es importante que ambas partes conozcan la normativa aplicable para cumplirla y estar protegidas. Si, por ejemplo, durante el periodo de prueba la empleada de hogar sufriera un accidente y no estuviera dada de alta en la Seguridad Social, el único responsable de todos los gastos sería el empleador.
Por tanto, son muchas las razones por las que desde nuestra agencia de servicio doméstico en Madrid recomendamos a nuestros clientes hacer un contrato de trabajo por escrito y dar de alta en la Seguridad Social a las empleadas de hogar desde el primer día de trabajo. Estos documentos los facilitamos cumplimentados a todos nuestros clientes sin coste adicional.
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